Soft landing o hard landing en Marbella
En España, y especialmente en el área de influencia de Marbella los inversores extranjeros están especialmente expuestos a una serie de dificultades administrativas que desincentivan la inversión extrajera en España.
Algunas de las siguientes dificultades son de fácil solución y servirían para eliminar trabas a la inversión que a veces son producto de una inercia administrativa de difícil justificación.
1.- Obtención del NIE – Lo que no debería ser más que un simple y sencillo trámite administrativo, se ha convertido en un trámite engorroso y ha dado lugar a surrealistas y absurdas situaciones impropias de un país que quiera llamarse avanzado. A veces los inversores tienen que hacer cola durante varias horas en la puerta de la comisaría soportando severas condiciones meteorológicas.
2.- Prevención del blanqueo de capitales – Tenemos la legislación más restrictiva de Europa en esa materia y, aunque sus propósitos pueden ser de lo más encomiable, lo que hay que plantearse es si es conveniente para nuestra economía actual que eso sea así.
3.- Desconfianza de los inversores – La inseguridad jurídica que rodea a infinidad de promociones construidas en épocas anteriores. No se sabe con seguridad que cargas urbanísticas tienen y si en su día estas se llevarán a término. Esto genera desconfianza en el inversor y finalmente la perdida del mismo. Por otro lado y a pesar de que Marbella tiene un nuevo PGOU desde hace pocos años, a veces conocer la verdadera situación urbanística de una parcela es misión imposible.
4.- Lentitud en los procedimientos judiciales – En caso de conflicto entre los inversores y sus contratistas, si dicho conflicto llega a los juzgados, pueden pasar años hasta que este quede resuelto, quedando mientras el proyecto bloqueado de manera indefinida.
5.-Burocracia y tramitaciones – La superposición de trámites administrativos necesarios para la contratación de ciertos suministros tales como luz, agua, teléfono, alcantarillado, telefonía, gas, etc. convierte estos trámites en largos y complejos. Muchas de estas empresas no ofrecen una atención especial en inglés, viéndose los usuarios envueltos a veces en situaciones que superan su comprensión y su paciencia.
SOLUCIONES PROPUESTAS
NIE
Las largas colas, los madrugones para obtener un número de atención en ventanilla, y todo lo que eso conlleva, serían fácilmente evitables con el sistema de cita previa por internet, que se puede realizar hoy día en cualquier comisaría para la renovación del D.N.I.
Incluso si el inversor no pudiera o no quisiera comparecer debería poder apoderar a un representante con facilidad en una notaría española, sin necesidad de volver a su país de origen para otorgar dichos poderes desde allí.
En fin sería necesario realizar un esfuerzo para FACILITAR la obtención del NIE y para ello deberían ser más los organismos que tuvieran competencias para su expedición.
Dentro de España, Hoy día las Notarías están facultadas para solicitar el CIF de sociedades a la Agencia Tributaria. Igualmente podría habilitarse la obtención del NIE desde la Notaría con los requisitos que fueran precisos.
Fuera de España, deberían poder expedirlo directamente las Embajadas y Consulados. Ahora se limitan a recoger la solicitud y a tramitarla a través de la Policía. Pienso que podrían expedirlo directamente. Incluso debería permitirse al propio interesado solicitarlo directamente por correo, rellenando un impreso y adjuntando los documentos necesarios: dos fotografías y fotocopia compulsada de pasaporte en vigor como se hace con los Certificados del Registro de Ultimas voluntades.
BLANQUEO DE CAPITALES
Esta Ley aún no está desarrollada por Reglamento y sería deseable que los controles no se superpongan. Si ya hay un Banco controlando la entrada del dinero no veo por qué además hay que reflejar de nuevo toda la información sobre el origen de los fondos en las escrituras.
Dado que los Notarios elaboramos unos índices con información exhaustiva de todas las escrituras que se firman, entiendo que el acceso de los órganos de prevención de Blanqueo a dichos índices debe bastar y, si procede, tal como ocurre actualmente, que soliciten copias de las escrituras al Notario que las autorizó.
SEGURIDAD URBANÍSTICA
Sobre el problema de seguridad urbanística creemos que debería poder solicitarse y expedirse por el Ayuntamiento una Cédula Urbanística que certificara la situación urbanística real y actual de la finca con carácter vinculante y con una duración temporal concreta: por ejemplo dos o tres años, de tal manera que con ese documento en la mano uno tuviera certeza absoluta de que no hay más letra pequeña ni más elementos que introduzcan inseguridad urbanística.
LENTITUD DE LA JUSTICIA
El establecimiento de un sistema de arbitraje bien regulado podría contribuir a desbloquear conflictos que se resuelven demasiado tarde.
EXCESIVA BUROCRACIA Y TRAMITACIÓN
En este apartado, para escriturar escrituras de obras nuevas o antiguas, es especialmente engorrosa la superposición de leyes y reglamentos, estatales y autonómicos que no hay manera de descifrar ni aclarar y que cambian cada poco tiempo:
En obras nuevas: Licencia de obras; certificado de arquitecto, visado o no; certificado de final de obra; seguro decenal, depósito del libro del edificio; licencia de primera ocupación, certificado de eficiencia energética.
En obras antiguas: Certificado de arquitecto, Certificado de Ayuntamiento de que no infringe legalidad urbanística; licencia de primera ocupación, etc.
Sobre este asunto creemos conveniente unificar e ir a un documento único que pudiera expedirse por el Colegio de Arquitectos o el Ayuntamiento, o ambos, y que certificara que se cumplen todos los requisitos anteriores de licencias y certificados y que la finca no está en situación de fuera de ordenación, en base al cual se hiciera la escritura sin necesidad del incesante goteo de licencias, seguros y certificados expuestos.